Ley N.º 32435: Prioridad nacional para infraestructura médica en Arequipa
11/09/2025

La Ley N.º 32435 declara de interés nacional la culminación de dos obras médicas en Arequipa:
- La reconstrucción, modernización y equipamiento del Centro de Atención Primaria Melitón Salas Tejada
- La culminación de las obras del servicio de emergencia del Hospital III Yanahuara, parte de la Red Asistencial Essalud
Ambas intervenciones buscan fortalecer la capacidad de atención médica en una región con alta demanda hospitalaria.
Contexto legal y político
Esta ley se enmarca en una serie de normas declarativas que el Congreso ha venido aprobando para acelerar proyectos públicos estancados. En este caso, se responde a una problemática concreta:
- El Hospital III Yanahuara ha enfrentado demoras en la ejecución de obras de emergencia, afectando la atención crítica.
- El CAP Melitón Salas Tejada requiere modernización para cumplir estándares de atención primaria, especialmente en zonas urbanas con crecimiento poblacional.
La norma no crea obligaciones presupuestales directas, pero habilita al Ejecutivo a priorizar recursos y gestiones administrativas.
Contenido clave de la norma
- Artículo único: Declara de interés nacional la culminación de ambas obras médicas en Arequipa. Finalidad: que el Estado garantice y mejore los servicios de salud en dichos establecimientos.
No se especifican plazos, montos ni responsables de ejecución, lo que la convierte en una norma habilitante más que operativa.
Impacto esperado
- Región beneficiada: Arequipa
- Instituciones involucradas: Essalud, Ministerio de Salud, Gobierno Regional de Arequipa
- Beneficiarios directos: pacientes del sistema público, personal médico, comunidades urbanas
- Beneficiarios indirectos: sistema nacional de salud, al descongestionar centros de atención terciaria
Crítica técnica
Fortalezas
- Visibiliza necesidades concretas en infraestructura médica
- Permite priorización política y administrativa
- Puede facilitar asignación presupuestal en futuras leyes de presupuesto
Debilidades
- No establece mecanismos de ejecución ni fiscalización
- No incluye cronograma ni responsables específicos
- Riesgo de convertirse en una norma simbólica sin impacto real si no se articula con el MEF y el Minsa
Controversias potenciales
- Uso político de normas declarativas sin ejecución efectiva
- Falta de articulación con el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP)
Comparación con normas similares
Leyes como la N.º 31365 (infraestructura hospitalaria en Cusco) o la N.º 32210 (priorización de hospitales en Piura) siguen un patrón similar: declaración de interés nacional sin asignación presupuestal directa. Algunas han derivado en proyectos concretos, otras han quedado sin ejecución por falta de articulación interinstitucional.
La Ley N.º 32435 es una herramienta política que puede abrir la puerta a mejoras sustanciales en la atención médica en Arequipa, pero su efectividad dependerá de la voluntad del Ejecutivo y la capacidad técnica de Essalud y el Minsa para convertir esta declaración en obras concretas. En un país donde las brechas en salud son profundas, este tipo de normas deben ir acompañadas de planes operativos, presupuestos y mecanismos de seguimiento.