¿Qué dice el artículo 1 de la Constitución Política del Perú?
22/12/2023 - Actualizado: 09/01/2024

¿Qué dice el artículo 1 de la Constitución Política del Perú?
La Constitución Política del Perú es la norma suprema que rige el ordenamiento jurídico del país. En ella se establecen los principios, derechos, deberes y garantías que orientan la vida de los ciudadanos y las autoridades.
El artículo 1 de la Constitución Política del Perú expresa lo siguiente:
"La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado".
Este artículo es el primero de los 206 que conforman la Constitución, y se encuentra dentro del Título I, que se denomina "De la persona y de la sociedad". Este título comprende los artículos del 1 al 5, y se refiere a los valores y fines que sustentan la convivencia democrática en el Perú.
El artículo 1 reconoce a la persona humana como el centro y el fin de toda la actividad social y estatal. Esto implica que todas las personas tienen un valor intrínseco e irrenunciable, que debe ser respetado y protegido por las demás personas y por el Estado.
Asimismo, el artículo 1 establece que la dignidad de la persona humana es el fundamento de los derechos humanos, que son inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna. La dignidad implica que las personas tienen derecho a desarrollar libremente su personalidad, a participar en la vida política, social, económica y cultural del país, y a acceder a las condiciones materiales y espirituales que les permitan una vida digna.
El artículo 1 también implica que la sociedad y el Estado tienen el deber de defender a la persona humana y de respetar su dignidad. Esto significa que tanto las personas como las instituciones deben actuar conforme a los principios de solidaridad, justicia, igualdad, libertad y democracia, que son los pilares de la convivencia pacífica y armónica en el Perú.
El artículo 1 de la Constitución Política del Perú es, por tanto, una norma fundamental que expresa el valor supremo de la persona humana y su dignidad, y que orienta el sentido y el propósito de todo el ordenamiento jurídico peruano.
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