¿Qué dice el artículo 20 de la constitución política del Perú?
03/04/2024

El artículo 20 de la Constitución Política del Perú (actualizado al 28 de septiembre de 2022) tiene que ver con los colegios profesionales.
¿Qué dice el artículo 20 de la Constitución política del Perú?
“Los colegios profesionales son instituciones autónomas con personalidad de derecho público. La ley señala los casos en que la colegiación es obligatoria”.
¿Cuántos colegios profesionales existen en el Perú?
Existen 34 colegios profesionales, y son los siguientes:
- Colegio Nacional de Antropólogos del Perú
- Colegios de Arquitectos del Perú
- Colegio de Arqueólogos del Perú
- Colegio de Bibliotecólogos del Perú
- Colegio de Biólogos del Perú
- Junta de Decanos de Colegio de Contadores Públicos del Perú
- Colegio de Economistas del Perú
- Colegio de Enfermeros del Perú
- Colegio de Estadísticos del Perú
- Colegio de Físicos del Perú
- Colegio de Geógrafos del Perú
- Colegio de Ingenieros del Perú
- Colegio de Licenciados en Administración
- Colegio de Licenciados en Cooperativismo del Perú
- Colegio de Licenciados en Turismo
- Colegio de Matemáticos del Perú
- Colegio Médico del Perú
- Colegio Médico Veterinario del Perú
- Junta de Decanos del Colegio de Notarios del Perú
- Colegio de Nutricionistas del Perú
- Colegio de Obstetras del Perú
- Colegio Odontológico del Perú
- Colegio de Oficiales de la Marina Mercante del Perú
- Colegios de Periodistas del Perú
- Colegio de Profesores del Perú
- Colegio de Psicólogos del Perú
- Colegio Químico del Perú
- Colegio Químico Farmacéutico del Perú
- Colegio de Licenciados en Relaciones Industriales y Licenciados en Gestión de Recursos Humanos del Perú
- Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú
- Colegio de Sociólogos del Perú
- Colegio Tecnólogo Médico del Perú
- Colegio de Trabajadores Sociales del Perú
- Colegio de Traductores del Perú.
¿Cómo están agrupados los colegios profesionales en el Perú?
Se encuentran agrupados en el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú, que está constituido por los Decanos Nacionales en ejercicio de los Colegios Profesionales reconocidos por Ley 28948 (Art. 2).
¿Cuándo es obligatorio colegiarse?
Hay profesiones que obligan a estar colegiado para ejercer, por ejemplo, médicos, ingenieros, contadores públicos, abogados, arquitectos, entre otros. Generalmente, en las empresas e instituciones públicas es un requisito obligatorio, sin embargo, es un tema que sigue generando polémica.
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